- El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 1 rechazó la cautelar interina de los diputados Pichetto y Massot contra la derogación de la Ley de Tierras.
- El juez Enrique Alonso Regueira consideró que no se acreditaron circunstancias graves e impostergables para suspender el artículo 154 del DNU 70/2023.
- La Corte Suprema había revocado el 29 de septiembre un fallo de la Cámara Federal de La Plata que declaraba inconstitucional la derogación.
- El Gobierno tiene cinco días para presentar un informe antes de que el juez resuelva sobre la medida de fondo.
- Diputados de diversas bancadas pidieron una sesión especial para el 15 de octubre para derogar todo el DNU 70/2023.
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 1 de la Ciudad de Buenos Aires rechazó este lunes la medida cautelar interina solicitada por los diputados nacionales Miguel Ángel Pichetto y Nicolás Massot para suspender la derogación de la Ley de Tierras Rurales. La presentación buscaba frenar la venta ilimitada de tierras a extranjeros, luego de que la Corte Suprema de Justicia dejara firme la vigencia del artículo 154 del DNU 70/2023, dictado por el presidente Javier Milei en diciembre de 2023.
El magistrado Enrique Alonso Regueira desestimó la cautelar al considerar que los demandantes no probaron la existencia de 'circunstancias graves y objetivamente impostergables' que justificaran una decisión antes de escuchar la postura del Estado Nacional. De este modo, la desregulación territorial se mantiene plenamente operativa en todo el país. El juez otorgó cinco días al Gobierno, a través de la Procuración del Tesoro, para que presente un informe antes de pronunciarse de manera definitiva sobre la procedencia de la medida.
La presentación de Pichetto y Massot se produjo después de que la Corte Suprema revocara el pasado 29 de septiembre un fallo de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras en una causa iniciada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM). El máximo tribunal rechazó esa demanda por falta de legitimación activa de la agrupación, sin emitir opinión sobre la validez constitucional del decreto.
En su escrito, los diputados argumentaron que la caída de la Ley 26.737 habilitó de inmediato la compra de campos, estancias y terrenos con fuentes de agua permanentes por parte de extranjeros, sin ningún tipo de tope geográfico, porcentual o de nacionalidad. Advirtieron que cada día sin regulación permite consolidar operaciones inmobiliarias irreversibles que luego se invocarán como derechos adquiridos, incluso si el Congreso rechaza el DNU en el futuro. Como alternativa, solicitaron medidas conservatorias subsidiarias, como preservar la base de datos del Registro Nacional de Tierras Rurales y publicar un aviso en el Boletín Oficial sobre el litigio.
La resolución se conoce en un contexto de fuerte debate político. Diputados de diversas bancadas solicitaron una sesión especial en la Cámara Baja para el 15 de octubre con el objetivo de derogar todo el DNU 70/2023 y revertir así la derogación de la Ley de Tierras, entre otras desregulaciones. El juez Alonso Regueira dio curso al proceso judicial y, previo a resolver sobre el fondo, corrió traslado al Poder Ejecutivo Nacional para que elabore un informe detallado sobre el interés público comprometido en la causa.
